Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, de conformidad con las competencias que le han sido otorgadas en la normativa vigente, resuelve:
Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de 29 de abril de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud (“Boletín Oficial de Aragón”, número 86, de 6 de mayo de 2014), motivada por la suspensión cautelar de la eficacia de la Resolución de 15 de abril 2014, por la que se modifica la relación definitiva de participantes excluidos en el procedimiento de movilidad voluntaria de personal estatutario Médico de Familia de Atención Primaria, publicada por Resolución de 18 de febrero de 2014 de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud y se resuelve definitivamente el procedimiento de movilidad voluntaria para cubrir plazas de personal estatutario Médico de Familia de Atención Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Segundo.- De conformidad con lo establecido en las bases 9.4 y 9.5 de la Convocatoria de 28 de junio de 2013, los adjudicatarios deberán cesar en la plaza que, en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, de la presente resolución y tomar posesión de la nueva plaza dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese si la plaza desempeñada y la adjudicada son de la misma provincia, en el plazo de quince días hábiles si pertenecen a distinta provincia, o en el de un mes si la plaza desempeñada corresponde a otro Servicio de Salud. Para estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia de que sea en condición de destino definitivo, reingreso, destino provisional o comisión de servicios. En el caso de que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a partir del día siguiente a esta publicación.
Tercero.- Acordar la inmediata publicación de la presente resolución en la página web del Servicio Aragonés de Salud, dar conocimiento de la misma a los demás Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud para su inmediata difusión entre los participantes en este procedimiento de movilidad y remitirla para su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.
2.-Quienes no hayan obtenido destino, habiendo solicitado todas las vacantes de su categoría, modalidad y Área de Salud, y resulten desplazados del puesto que vienen ocupando, podrán optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas que resulten vacantes como consecuencia de la resolución del mismo, o por pasar nuevamente a la situación de excedencia voluntaria. Los que opten por un nuevo destino con carácter provisional, podrán solicitar el reingreso en cualquiera de las plazas vacantes ofertadas, por orden de preferencia. Las solicitudes deberán dirigirse por los interesados a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de la Salud, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación en el BOA de la resolución definitiva del procedimiento de movilidad voluntaria.
La instancia se encuentra en el BOA 18/01/2010