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OPOSICIONES CATEGORIA DE MÉDICO DE FAMILIA DE ATENCIÓN PRIMARIA

Feb 17 2016
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Son 28 plazas del turno libre, 3 para personas con discapacidad y 1 para víctimas de terrorismo. 5 para la convocatoria promoción interna.

30 DÍAS DE PLAZO

 

 RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2016, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisiónpor turno libre, de discapacidad y de víctimas del terrorismo.

 

RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2016, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría Médico de Familia de Atención Primaria en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por el turno de promoción interna.

NORMAS GENERALES

1.1. Se convoca concurso oposición para cubrir 32 plazas básicas del la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria, código categoría A164, en el Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2014, para su provisión de acuerdo con la siguiente distribución:

a) 28 plazas para ser cubiertas por turno libre.

b) 3 plazas para ser cubiertas por personal con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

c) 1 plaza para ser cubierta por personas que se encuentren incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo.

SOLICITUDES 

3.1. Las instancias para participar en las pruebas selectivas deberán rellenarse vía web en la dirección:

 http://www.aragon.es/sas/oposiciones

mediante la cumplimentación del modelo informático de solicitud que deberá ser ratificada a través de su presentación dirigida a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud de acuerdo con lo previsto en la base

3.2. Cumplimentada la solicitud, deberá efectuarse el pago de la tasa por derechos de examen que asciende a 39,43 euros mediante ingreso en cualquiera de las oficinas de Ibercaja en la cuenta ES25 2085 5200 8203 3301 5944. Una vez realizado el pago, la entidad

bancaria conservará el último ejemplar del modelo de solicitud y devolverá los 2 ejemplares restantes a los interesados debiendo figurar en ellos el sello o impresión mecánica acreditativa del pago de los derechos de examen o aportar justificante bancario de haber realizado el ingreso de la cuantía reseñada. Dichos ejemplares serán presentados en el Registro de conformidad con la base 3.4. 

3.4. Los 2 ejemplares de la solicitud (Administración y el interesado), se deberán presentar en el Registro del Servicio Aragonés de Salud (Plaza de la Convivencia, 2 - 50017 - Zaragoza),

a través de las Unidades de Registro de Documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común. Acompañando el justificante acreditativo del pago bancario en el caso de que no conste fehacientemente en el impreso de solicitud.

3.5. En el caso de que la solicitud se presentara en las oficinas de Correos, deberá ofrecerse obligatoriamente en sobre abierto para que el funcionario estampe el sello de la fecha en el lugar destinado para ello en el original y en la copia.

3.6. El ejemplar para el interesado le servirá de justificante. En todos los ejemplares deberá figurar tanto el ingreso de la tasa correspondiente como el sello de registro del Organismo donde se deposite la solicitud.

La falta de cualquiera de los requisitos anteriores determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso el sello, validación mecánica o el justificante de la entidad bancaria acreditando que se ha ingresado la tasa de los derechos de examen suplirá el trámite de la presentación de la solicitud ante la Administración convocante.

3.7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón los participantes tendrán derecho a la devolución de la tasa satisfecha si, por causas que no le son imputables, no se hayan prestado las actividades o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes y en los demás supuestos previstos en la normativa tributaria.

3.8. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

ENLACE A PAGINA DEL SALUD

 

 

 

 

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