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OPE MÉDICOS DE FAMILIA RELACIÓN DEFINITIVA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

Oct 16 2018
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RELACIÓN DE ADMITIDOS

RELACIÓN DE EXCLUIDOS

 

RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se declara aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos para participar en el proceso selectivo, convocado por Resolución de 16 de abril de 2018, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre y de discapacidad.

 De conformidad con lo previsto en la base 4.4 de la Resolución de 16 de abril de 2018, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 81, de 27 de abril de 2018, y en virtud de la competencia establecida en el artículo 10 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Aprobar y hacer pública la relación definitiva de aspirantes admitidos, para participar en el proceso selectivo de la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria para su provisión por turno libre y de discapacidad convocado por Resolución de 16 de abril de 2018.

Segundo.-Aprobar y hacer pública la relación definitiva de aspirantes excluidos, para participar en el proceso selectivo de la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria para su provisión por turno libre y de discapacidad convocado mediante la referida resolución, que se adjunta como anexo.

Tercero.- La relación definitiva de admitidos y excluidos se publicará en la página web del Servicio Aragonés de Salud en la dirección: http://www.aragon.es/sas y en los centros, hospitales y direcciones de atención primaria dependientes del Servicio Aragonés de Salud.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer re-curso de alzada ante el titular de la Consejería del Departamento de Sanidad, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 3 de octubre de 2018.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JAVIER MARIÓN BUEN

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