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NUEVA RESOLUCIÓN CARRERA PROFESIONAL: ¡ELIMINACIÓN NIVEL 0!

Jul 15 2020
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Publicado hoy en BOA RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2020, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, mediante la que se modifca la Resolución de 25 de marzo de 2015, relativa al procedimiento ordinario de acceso y cambio de nivel de carrera profesional de licenciados y diplomados sanitarios en el ámbito del Servicio Aragonés de Salud.

Podrá solicitar el acceso inicial al sistema de carrera profesional el personal licenciado y diplomado sanitario que adquiera la condición de personal estatutario fijo en el Servicio Aragonés de Salud, como consecuencia de haber superado el correspondiente proceso selectivo, y cuente con cinco años, al menos, de ejercicio profesional, con carácter fijo o temporal, en la categoría profesional correspondiente en entidades de carácter público de cualquier Comunidad Autónoma del Estado Español o la Unión Europea.

El acceso al nivel o niveles que corresponda en función de la antigüedad del profesional pasa por la sistemática de la evaluación definida en el apartado 7.5 del anexo a dicho Acuerdo, pudiendo acceder consecutivamente al Primero, Segundo, Tercero y Cuarto nivel, si supera las respectivas evaluaciones. Los niveles reconocidos tendrán efectos a partir del 1 de julio y del 1 de enero siguientes a la fecha de solicitud.

Las solicitudes de acceso a la carrera profesional presentadas con anterioridad, en plazo y forma, que se encuentren pendientes de ser valoradas por las Comisiones Evaluadoras de los Centros, las resueltas por las Gerencias de Sector o equivalentes que hayan sido recurridas ante la correspondiente Comisión Evaluadora Autonómica en el plazo reglamentario y las pendientes de resolver con carácter definitivo por la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, cuando no se haya tenido en cuenta los servicios prestados con anterioridad a la obtención de la condición de personal fijo, deberán ser resueltas conforme a lo establecido en la presente Resolución. Asimismo, los recursos de alzada interpuestos por el mismo motivo que se hallen pendientes de resolución a la fecha de la presente Resolución deberán ser informados a tenor de lo dispuesto en la misma.

LA SOLICITUD DE CARRERA PROFESIONAL SE REALIZARÁ A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DE MÉRITOS DE RRHH.

El plazo correspondiente al 2º trimestre de este año que se suspendió por la pandemia, se abrirá mañana hasta el 29 de septiembre pero con efectos a 1 de julio de 2020 ( y méritos computados hasta 30 de junio)

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