PLAZO DE PRESENTACIÓN 1 MES A PARTIR DEL DÍA 23 DE FEBRERO DE 2017
OBJETO, REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN
OBJETO.
El objeto de la presente convocatoria es hacer posible la integración voluntaria en la condición de personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud del personal que, sin tener dicha Condición, preste sus servicios en centros, instituciones o servicios sanitarios del citado Servicio Aragonés de Salud.
REQUISITOS.
2.1. Podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que pertenezcan a las Escalas y Clases de especialidad y se hallen prestando servicio en los centros, instituciones o servicios sanitarios que se relacionan en el anexo I del Decreto 51/2004, de 9 de marzo.
2.2. Igualmente, podrá participar el personal laboral con contrato indefinido fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, perteneciente a las categorías profesionales y que, asimismo, se halle prestando servicios en los centros, instituciones o servicios sanitarios señalados en el anexo I del Decreto 51/2004, de 9 de marzo, mencionado.
2.3. Tanto el personal funcionario de carrera como el personal laboral fijo que pretendan acceder a su integración en la condición de personal estatutario, deberán reunir los requisitos de titulación exigidos por la legislación vigente para la categoría de personal estatutario a que se pretende acceder.
SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
3.1. Quienes deseen integrarse en la condición de personal estatutario deberán presentar solicitud, conforme al modelo aprobado oficialmente por Resolución de 6 de octubre de 2004, de la Dirección General de la Función Pública (“Boletín Oficial de Aragón”, número 126, de 25 de octubre de 2004), que se adjunta como anexo I, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. A dicha solicitud deberán acompañar:
3.1.1 Fotocopia compulsada del título a que se refiere el punto 2.3 de la presente convocatoria. 3.1.2 Certificación expedida por el órgano competente, de hallarse prestando servicio en centros, instituciones o servicios sanitarios del Servicio Aragonés de Salud.
3.1 La presentación de solicitudes se efectuará en las oficinas de registro de los centros o instituciones donde presten sus servicios, o en las del Servicio Aragonés de Salud o del Gobierno de Aragón de las tres provincias de la Comunidad Autónoma de Aragón o de conformidad con las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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