RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2020, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de movilidad voluntaria para cubrir plazas de la categoría Médico de Familia de Atención Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La solicitud para tomar parte en el procedimiento de movilidad voluntaria se podrá rellenar a través de la página web https://servicios.aragon.es/gbtsip, mediante la cumplimentación del correspondiente modelo informático, que deberá ser ratifcada mediante la presentación de copia impresa dirigida a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud de acuerdo con lo previsto en la base 5.2.
5.2. La presentación de copia impresa para ratifcar la solicitud cumplimentada a través de la página web se podrá efectuar en el Registro del Servicio Aragonés de Salud (Pza. Convivencia, 2, 50017 - Zaragoza), a través de las Unidades de Registro de Documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los concursantes deberán acompañar la hoja de petición de plazas reseñando mediante los códigos de plazas y por orden de preferencia los destinos que se solicitan y que fguran en el anexo II Plazas vacantes y en el anexo III Plazas a resultas.
5.3. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Ofcial de Aragón”. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
6. Documentación.
6.1. Junto con la solicitud, todos los concursantes deberán aportar:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Fotocopia del nombramiento para el desempeño de plaza en propiedad en la categoría a la que se concursa. El personal estatutario procedente del proceso extraordinario de consolidación de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, que quedó en la situación de excedencia voluntaria deberá presentar copia del “Boletín Ofcial del Estado”, donde oportunamente fue publicado su nombramiento y a su vez la declaración de excedencia.
c) Los méritos deberán ser acreditados en la forma siguiente: No será necesaria la acreditación de los servicios prestados en el Servicio Aragonés de Salud, que fguren inscritos en el Sistema Integrado de Recursos Humanos del Gobierno de Aragón (SIRHGA). Los servicios prestados en centros sanitarios o socio-sanitarios públicos españoles, mediante certifcación, con expresión de la categoría, expedida por el órgano competente. Los servicios prestados en centros sanitarios o socio-sanitarios públicos de la Unión Europea, mediante certifcación de servicios prestados, reconocidos a efectos de antigüedad, con especifcación del contenido funcional del puesto de trabajo desempeñado. Los servicios prestados en los Servicios Centrales de los servicios de salud de las Comunidades Autónomas, deberán ser acreditados mediante certifcación expedida por el Servicio de Salud correspondiente, debiendo hacer constar a su vez en el certifcado si se reúne el requisito de que tales servicios han sido prestados en una plaza que puede ser desempeñada por personal estatutario.
6.2. Los concursantes que se encuentren en situación de servicio activo o con reserva de plaza deberán aportar, según corresponda, además de la documentación citada en el apartado 6.1:
a) Fotocopia del documento en el que fgure la diligencia de toma de posesión de la última plaza desempeñada en destino defnitivo y desde la que concursa.
b) Fotocopia del documento que genera el derecho a la reserva de plaza.
6.3. Los concursantes en situación de excedencia deberán aportar, además de la documentación citada en el apartado 6.1:
a) Fotocopia de la Resolución de la concesión de excedencia.
b) Certifcación acreditativa de continuidad en situación de excedencia el día de la publicación de la presente convocatoria, sólo en el caso de personal excedente procedente de otros servicios de salud.
6.4. Los concursantes en situación de excedencia voluntaria procedente de la expectativa de destino del proceso extraordinario de consolidación de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, además de la documentación citada en el apartado 6.1, deberán presentar fotocopia de la Orden publicada en el “Boletín Ofcial del Estado”, por la que fueron declarados en tal situación.
6.5. Los concursantes en situación de reingreso al servicio activo con carácter provisional deberán aportar, además de la documentación citada en el apartado 6.1, fotocopia de la Resolución de reingreso al servicio activo con carácter provisional frmada por el Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud y, así mismo, fotocopia de la toma de posesión de dicho reingreso provisional.
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