Inicio

CARRERA PROFESIONAL LICENCIADOS Y DIPLOMADOS SANITARIOS SOLICITUD

Sep 30 2019
Compartir esta información

ENLACE AL PORTAL DE ACCESO PARA PROCEDIMEINTO ORDINARIO Y CAMBIO DE NIVEL

SE PARTICIPA EN LA CONVOCATORIA DURANTE EL SEGUNDO O CUARTO TRIMESTRE.

 RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Ara­gonés de Salud, por la que se modifica el procedimiento ordinario de acceso y cambio de nivel de carrera profesional del personal del Servicio Aragonés de Salud.

 

 Por Orden SAN/675/2019, de 11 de junio, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 120, de 21 de junio de 2019, se crea el Portal Electrónico de Gestión de Re­cursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud y se establecen las medidas iniciales para su puesta en marcha. La aplicación, desarrollada para un entorno Web, se en­cuentra configurada como una herramienta destinada a la gestión de los méritos del personal del Servicio Aragonés de Salud, entre los que se incluyen los correspondientes a la carrera profesional.

El personal del Servicio Aragonés de Salud accederá al Portal a través de su cuenta de correo corporativo del Gobierno de Aragón y con la contraseña para el mismo. Esta cuenta constituye el mecanismo de autenticación del personal y de atribución de las condiciones de acceso a los contenidos y servicios.

Los datos y méritos se introducirán por la persona interesada, en su expediente personal electrónico, en cualquier momento y de forma obligatoria para la participación en los procesos de carrera profesional.

Asimismo, la mencionada Orden SAN/675/2019, de 11 de junio, establece que cualquier procedimiento de valoración de méritos a partir de la entrada en vigor de dicha Orden, reque­rirá que los méritos a valorar estén incorporados en el expediente electrónico de cada aspi­rante.

En consecuencia, de conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 25 del Decreto 23/2016, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud, así como en el ar­tículo 13 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia re­suelve:

Modificar el apartado tercero: Solicitudes y plazo de presentación, de la Resolución de 25 de marzo, de 2015 de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, relativa al pro­cedimiento ordinario de acceso y cambio de nivel de carrera profesional de Licenciados y Diplomados Sanitarios en el ámbito del Servicio Aragonés de Salud (“Boletín Oficial de Aragón”, número 62, de 31 de marzo de 2015) y de la Resolución de 3 de abril de 2017 de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se regula el procedimiento ordinario de acceso y cambio de nivel de carrera profesional para el personal sanitario de formación profesional y el personal de gestión y servicios del Servicio Aragonés de Salud (“Boletín Oficial de Aragón”, número 77, de 25 de abril de 2017), que queda redactado de la forma siguiente:

 

Tercero.-Solicitudes y plazo de presentación.

 

El cambio de nivel de carrera profesional tiene un carácter voluntario y un desarrollo indi­vidual, de modo que es cada profesional, previo cumplimiento de los requisitos preceptivos, quien determina su progresión a través de los niveles que la conforman.

A partir del 1 de octubre de 2019, la participación en el procedimiento de cambio de nivel de carrera profesional requerirá que los méritos a valorar estén incorporados en el expediente electrónico de cada aspirante, así como la inscripción en la correspondiente convocatoria de carrera profesional a través del Portal Electrónico de Gestión de Recursos Humanos del Ser­vicio Aragonés de Salud, url https://empleo.salud.aragon.es/.

La persona interesada deberá participar en la convocatoria, durante el segundo o cuarto trimestre de cada año, a través del Portal Electrónico de Gestión de Recursos Humanos del Servicio Aragonés de Salud, y cumplimentar el autobaremo con los méritos incorporados pre­viamente a su expediente electrónico.

La solicitud, que incluye un resumen del resultado del cuestionario de autoevaluación y la relación documental generada por la aplicación informática, deberá presentarse en cualquiera de las Unidades de Registro de Documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el segundo o cuarto trimestre de cada año, computándose los requisitos y méritos definidos hasta el último día anterior a la finalización del plazo de presentación establecido, que deberá dirigirse a la Comisión Evalua­dora del Sector donde el profesional tiene su plaza en propiedad. Las solicitudes presentadas fuera del plazo señalado serán inadmitidas por extemporáneas.

Zaragoza, 16 de septiembre de 2019.

El Director Gerente del Servicio

Aragonés de Salud,

JAVIER MARIÓN BUEN

ENLACE A BOA

ENLACE AL PORTAL

 

 

 

Volver

tel. 976 30 10 37
fax. 976 30 10 38

Copyright © 2024 Médicos de Atención Primaria - Sindicatos Médicos de Aragón - Pº Mª Agustín 37, pral A, izda. 50004 Zaragoza, 976 301037
                                                                                 - Sindicatos Médicos de Aragón - Madre Vedruna 10, 5º dcha, 50008 Zaragoza, 976 239371

Correo: medicosdeatencionprimaria@medicosdeatencionprimaria.es