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¡¡¡EL JUZGADO DE ZARAGOZA TAMBIÉN NOS DA LA RAZÓN!!!

Jul 28 2020
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 ZARAGOZA, 29/7/2020.- El Juzgado Social número 1 de Zaragoza ha dictado Sentencia en el pleito planteado por FASAMET contra la DGA, el Salud y el IASS en materia de prevención de riesgos laborales.

La Magistrado-Juez del Juzgado Social número 1 de Zaragoza dictó el 27 de julio, la Sentencia hecha pública hoy, que resuelve la demanda planteada por el Sindicato FASAMET contra la Diputación General de Aragón (DGA), el Servicio Aragonés de Salud (SAS) y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), en materia de prevención de riesgos laborales por la epidemia del virus SARS-CoV-2. Además, en el conflicto colectivo resuelto intervino el Ministerio Fiscal en defensa de los derechos fundamentales en presencia.

 En el fallo de la Sentencia, la Magistrado-Juez, desestima las excepciones procesales planteadas por la defensa de la Administración y estima la demanda y acoge las pretensiones de FASAMET, como demandante, a las que se adhirió en el acto de la vista el Ministerio Fiscal.

La Magistrado-Juez declara que las Administraciones empleadoras demandadas han vulnerado los derechos de los trabajadores/empleados públicos [funcionarios, personal estatutario y personal laboral, del Grupo de clasificación A, Subgrupos A1 (médicos) y A2 (enfermeros/as)] de la provincia de Zaragoza, en materia de prevención de riesgos laborales, poniendo en riesgo grave, integridad física, lesionando su derecho a la integridad física y a la protección de la salud. Y condena a dichas Administraciones demandadas a proporcionar a los empleados públicos sanitarios, en los centros de trabajo ubicados en la provincia de Zaragoza, los equipos de protección individual adecuados por riesgo de exposición ante el agente biológico virus SARS-CoV-2 y el riesgo de contagio o infección desarrollando la enfermedad Covid-19 y, a reponerlos cuando sea necesario, previa evaluación individual del riesgo de los empleados públicos.

 La Sentencia hecha pública es un documento muy elaborado, con un detallado relato fáctico de antecedentes internacionales, nacionales y regionales y locales sobre el conocimiento de la epidemia causada por el virus SARS-CoV-2 y la enfermedad Covid-19, desde el mes de enero hasta la actualidad. En la fundamentación jurídica, la titular del Juzgado rechaza la fuerza mayor alegada por la Administración demandada como causa de exoneración de su responsabilidad y acoge el argumento del Sindicato FASAMET y del Ministerio Fiscal de que la epidemia era previsible y se debía haber reaccionado antes en el acopio de elementos de los equipos de protección individual destinados al personal sanitario para frenar la propagación del virus y evitar el riesgo vital al que ha estado sometido éste por cumplir con su trabajo.

 En la Sentencia, la Magistrado-Juez, afirma que “…se constata de forma innegable esa vulneración, por parte de las demandadas, del derecho a la integridad física del personal sanitario … pues su conducta, omisiva en cuanto denota la falta de acopio o almacenaje e insuficiente aportación de EPIs para su personal y ha supuesto durante un determinado periodo de tiempo, un riesgo inminente de que la lesión pudiera producirse, generando ese peligro grave y cierto para la salud, que la doctrina constitucional exige para entender vulnerado el derecho fundamental la vida y la integridad física. Debiendo añadirse que el riesgo, lamentablemente, además consta materializado, pues un médico de atención primaria (CS San Pablo de Zaragoza) ha fallecido por la COVID, y son numerosos los sanitarios de Zaragoza que han resultado contagiados”.

 Esta sentencia, como las previas dictadas en el mismo sentido por el Juzgado Social de Teruel y por el Juzgado Social de Huesca el 4 y el 24 de junio, es muy oportuna teniendo en cuenta que los Sindicatos Médicos de Atención Primaria de Aragón han solicitado a la DGA, Epi’s en cantidad suficiente y de calidad homologada para evitar el contagio, una vez confirmados rebrotes en varios municipios y comarcas aragonesas, junto con su reposición ágil, dado el carácter fungible de los mismos. Empeoramiento de la situación a la que alude la Juzgadora y que incrementa el riesgo de exposición al virus a la que previsiblemente están sometidos los profesionales sanitarios. Situación que, en opinión de los “Médicos de Atención Primaria” requiere, además de Epi’s, pruebas y material sanitario, el refuerzo de las plantillas.

 

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