Instrucciones sobre la programación, jornada, criterios de contratación y comisión paritaria para la interpretación y aplicación de las presentes intrucciones, REFERIDOS A LA REALIZACIÓN DE LA ATENCIÓN CONTIUADA DE LOS CENTROS DE SALUD, por los refuerzos y el personal titular.
VER EL CAPÍTULO OCTAVO DEL REGLAMENTO DE LOS EQUIPOS DE ATENCIÓN PRIMARIA. Art. del 39 al 47
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