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Ceses y reingresos ope extraordinaria

Dic 22 2006
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Se declaran inhábiles desde el 26 de diciembre de 2006 hasta el 9 de enero de 2007

DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO  

 

 

RESOLUCION de 15 de diciembre de 2006, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se declara inhábil el periodo comprendido entre en 26 de diciembre de 2006 y el 9 de enero de 2007, a efectos del cómputo del plazo excepcional de presentación de solicitudes de reingreso provisional establecido en la Resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se dictan instrucciones en materia de adjudicación de plazas, ceses y reingresos provisionales del personal estatutario.

 

Durante el periodo comprendido entre el 26 de diciembre de 2006 y el 9 de enero de 2007, en atención a la dificultad de la publicidad de los actos administrativos que implican cómputo de plazos a efectos de presentación de solicitudes de reingreso provisional, esta Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en virtud de las competencias que le han sido atribuidas en el artículo 2 del Decreto 148/2002, de 30 de abril, resuelve Primero.—Declarar inhábil el periodo comprendido entre el 26 de diciembre de 2006 y el 9 de enero de 2007, a efectos de cómputo del plazo excepcional de 7 días naturales de presentación de solicitudes de reingreso provisional por el personal declarado en situación de excedencia voluntaria en la correspondiente Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, al que hace referencia el apartado b) de la Instrucción 2ª, de la

Resolución de 31 de enero de 2006, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se dictan instrucciones en materia de adjudicación de plazas, ceses y reingresos provisionales del personal estatutario como consecuencia de la finalización del proceso extraordinario de consolidación de empleo establecido mediante Ley 16/2001, de 21 de noviembre.

Segundo.—Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Salud y Consumo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre del Gobierno de Aragón y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

 

Zaragoza, 15 de diciembre de 2006.

El Director Gerente del Servicio Aragonés

de Salud,

ANTONIO BRUN MACIPE

 

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